miércoles, 11 de noviembre de 2015

TEMA 3. Documentos Institucionales para la gestión educativa y de régimen económico-administrativo del centro.

1.- Objetivos del tema:
  • Participar en la definición del proyecto educativo y en la actividad general del centro ateniendo a criterios de gestión de calidad.
  • Conocer modelos de gestión de calidad y su aplicación a los centros para promover la calidad de los contextos educativos y garantizar el bienestar de los alumnos.
  • Analizar la gestión de los centros y su capacidad de innovación a través de los documentos institucionales.
  • Conocer y aplicar experiencias innovadoras en educación primaria.


2.-Proyecto Educativo de Centro
    • El PEC tiene que ser una escueta especificación de las señas de identidad del centro.
    • El PEC es un conjunto de objetivos educativos y unas estrategias para conseguirlos.
    • El PEC es un instrumento para la convergencia educativa del centro
    • El PEC busca un modelo educativo ideal.
    • El PEC es una invitación a la innovación para los profesionales y padres.
  • Contenidos:
    • Punto de partida: las necesidades específicas del alumnado y del contexto escolar, socioeconómico, cultural y sociolingüístico del centro.
    • Valores, objetivos y prioridades de actuación.
    • Concreción de los currículums y la transversalidad.
    • Plan de Acción Tutorial (PAT)
    • El Plan de Normalització lingüística.
    • El Plan para el fomento de la lectura.
    • El Plan de transición de la E.Pr. a la ESO.
    • El Reglamento de Régimen interno (RRI).
    • El diseño particular de los programas lingüísticos que aplique el centro.
    • Las medidas de atención a la diversidad
    • Las mejoras adoptadas a consecuencia de los resultados de la evaluación diagnóstica del curso anterior.
    • El proyecto del comedor escolar.
    • Las acciones de formación del profesorado.
    • Los criterios para:
      • la organización y funcionamiento del centro.
      • la participación de los diversos estamentos de la comunidad educativa.
      • la coordinación con los servicios del municipio.
      • las medidas de coordinación entre el 2º ciclo de EI y Primaria.
      • las medidas organizativas para la atención del alumnado que no cursa Religión.
      • los mecanismos de cooperación entre los representantes legales del alumnado y el centro.
    • La publicación e información del PEC se llevará a cabo por el director/a del centro.
  • Principios
    • No discriminación: Igualdad.
    • Inclusión educativa.
    • Acceso a la Comunidad Educativa.
    • Orientación por parte de la Administración Educativa.
    • Coordinación Primaria-IES.
    • Modelos de Programación.
  • Lo elabora el equipo directivo con las directrices del Consejo escolar/ propuestas del Claustro/ y la AMPA.
  • Lo aprueba el Director/a.
A continuación pondré el enlace a una página en la cual hay más información acerca del PEC: Proyecto Educativo de Centro

Y un vídeo-resumen explicativo sobre qué es el PEC: 



3.- Proyecto de Gestión
  • Titulo V. Cap II. Art.122. Punto 1. Los centros estarán dotados de los recursos necesarios para impartir una docencia de calidad e igualdad.
  • Titulo V. Cap II. Art.122. Punto 2. Las administraciones podrán dotar de mayor recursos a los centros según necesidades.
  • Titulo V. Cap II. Art.122. Punto 3. Los centros públicos podrán obtener recursos extra con la aprobación del consejo escolar y dentro de los límites de la ley.
  • Titulo V. Cap II. Art.123. Punto 1. Los centros regidos por esta ley tienen autonomía para su gestión económica.
  • Titulo V. Cap II. Art.123. Punto 2. Las administraciones podrán delegar en los órganos del centro, la adquisición de bienes, contratación de obras
  • Titulo V. Cap II. Art.123. Punto 3. Los centros podrán establecer requisitos de titulación y capacitación profesional para los puestos a desarrollar.
  • Ejemplo de Gestión de Personal:
    • Protocolo de acogida del profesorado
    • Asignación de tutorías
    • Criterios de confección de los horarios
    • Modelos de Comunicación de horarios
    • Criterio de sustituciones
    • Información de sustituciones al profesorado
    • Protocolo de gestión de faltas y retrasos
    • Licencias y permisos del profesorado
    • Plan anual de formación del profesorado
    • Protección de datos personales
    • Plan de actividades socio-docentes
    • Plan de seguridad y salud laboral
    • Consumo responsable de recursos
    • Mejora de la coordinación docente
    • Modelos de Comunicación de horarios
    • Protocolo de comunicación interna
    • Protocolo de participación del profesorado
    • Código deontológico docente
    • Reconocimiento de las buenas prácticas
    • Plan anual de formación del profesorado
    • Protección de datos personales
    • Consenso y debate sobre el Plan General de recursos humanos


4.-Proyecto Curricular
  • Los proyectos curriculares concretarán y completarán el currículo oficial de la Comunidad Valenciana en el marco del programa de educación bilingüe que cada centro tenga autorizado.
    • La adecuación de los objetivos generales de la Educación Infantil y Primaria al contexto escolar.
    • Organización y adecuación a los ciclos de los contenidos y grado de desarrollo de las capacidades expresadas en los objetivos generales de la etapa y de las áreas o ámbitos de experiencias.
    • La distribución secuencial de los contenidos por ciclos en la Educación Primaria.
    • Criterios metodológicos de carácter general y de organización espacio- temporal.
    • Criterios y estrategias de evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado y, en Educación Primaria, criterios de promoción de ciclo.
    • Decisiones relativas al tratamiento de la diversidad, en el marco del currículum ordinario
    • La organización de la orientación educativa y el plan de acción tutorial
    • Criterios y procedimientos previstos para realizar las adaptaciones curriculares significativas para el alumnado con necesidades especiales.
  • Los proyectos curriculares concretarán y completarán el currículo oficial de la Comunidad Valenciana en el marco del programa de educación bilingüe que cada centro tenga autorizado.

    • Orientaciones generales para el tratamiento de temas referentes a la educación moral y cívica.
    • Criterios para la selección de los materiales curriculares y de los recursos didácticos que se utilizarán.
    • Criterios para evaluar y, en su caso, revisar los procesos de enseñanza, la práctica docente y el trabajo del equipo educativo.
    • Cauces para establecer la coordinación e información periódica con las familias.
  • Los proyectos curriculares serán coordinados por la Comisión de Coordinación Pedagógica del centro y aprobados y evaluados por el Claustro de profesores.
    • Los órganos de coordinación son el Equipos de ciclo, la Comisión de Coordinación Pedagógica y los Tutores.


5.- Reglamento de Régimen Interno
  • Normas de funcionamiento. Artículo 124. LOE. Al menos para garantizar el plan de convivencia.
    • Artículo 124. Punto 1. Los centros docentes elaborarán sus normas de organización y funcionamiento, que deberán incluir las que garanticen el cumplimiento del plan de convivencia.
    • Artículo 124. Punto 2. Las Administraciones educativas facilitarán que los centros, en el marco de su autonomía, puedan elaborar sus propias normas de organización y funcionamiento.
  • Conjunto de objetivos, principios, derechos, responsabilidades y normas por la que se regula a convivencia en el centro.
  • Contenidos:
    • La organización para la participación de todos.
    • La organización y reparto de responsabilidades.
    • Los procedimientos de actuación del consejo escolar y de las comisiones que se creen.
    • La organización de los espacios del centro.
    • Se dispondrán en el centro tablones de anuncios al respecto.
  • En la elaboración del RRI el Claustro podrá aportar criterios y propuestas.
  • La AMPA podrá aportar propuestas de modificación del RRI.
  • El RRI será aprobado por el Director/a del centro.
A continuación adjunto un enlace a una página donde explica más en profundidad el RRI: Reglamento de Régimen Interno



6.- Programación General Anual
  • Los centros elaborarán al principio al principio de cada curso una PGA que reunirá todos los aspectos relativos a la organización y funcionamiento del centro incluyendo proyectos, currículum y normas de actuación.
  • La PGA facilitará el desarrollo coordinado de todas las actividades educativas, el correcto ejercicio de los distintos órganos de gobiernos del centro y de coordinación y participación.
  • Contenidos:
    • El Plan de convivencia y las medidas de mejora para el curso.
    • Los criterios pedagógicos para la elaboración de los horarios.
    • El PEC y sus modificaciones.
    • Los mecanismos de evaluación de las medidas de mejora adoptadas.
    • El programa anual de actividades extraescolares.
    • La situación del proceso de aplicación del diseño particular de los programas lingüísticos del centro.
    • El calendario de reuniones de los órganos colegiados del centro.
    • El calendario de evaluación y entrega de la información.
    • Los aspectos organizativos del calendario de reuniones y entrevistas con los padres.
    • Una memoria administrativa con documentos de organización.
    • El programa anual de formación permanente del profesorado.
    • El programa anual de comedor escolar.
  • La coordinación de la elaboración de la PGA es del Equipo directivo de acuerdo con la directrices del Consejo escolar y las propuestas del Claustro y la AMPA.
  • Aprobación por parte del Director/a del centro.
A continuación adjunto un enlace a una página que explica más en profundidad la PGA: Programación General Anual



7.- Régimen Económico del Centro 
  • Orden 18 de Mayo de 1995 (40puntos) los directores de lo centros se les otorga facultades ordinarias en materias de contratación y se aprueban las normas que regulan la gestión económica de los centros.
    • Buena organización y funcionamiento de los Centros.
    • Transparencia en el gasto.
    • Autonomía en la gestión económica y financiera.
    • Aprobación de las normas reguladoras de la gestión Económica de los centros no universitarios.
    • Delegación del Conseller en los directores de los centros de las facultades ordinarias de gestión económica.
    • Los fondos se librarán a los centros cuatrimestralmente.
    • El director del Centro junto con el secretario/administrador elaborará el proyecto de presupuestos del Centro.
    • Se presentará a la Comisión Económica para su valoración.
    • Ingresos: Fondos ordinarios (libranzas cuatrimestrales), aportaciones de otras “Conselleries “,procedentes de legados y donaciones,venta de bienes y prestación de servicio,el saldo del ejercicio anterior
    • El Consejo Escolar aprobará el Presupuesto en el primer trimestre del ejercicio económico.
    • El secretario o el director enviarán una copia a la Dirección Territorial.
    • La dirección Territorial emitirá un informe de corrección en caso de que detecte alguna irregularidad o error. Si no existe el informe desaprobatorio, se entenderá definitivamente aprobado.
  • Orden 18 de Mayo de 1995 (40puntos) los directores de lo centros se les otorga facultades ordinarias en materias de contratación y se aprueban las normas que regulan la gestión económica de los centros.
    • El director del centro presentará en el mes de enero al Consejo Escolar el balance de gastos mediante los modelos: Cuenta de ingresos y gastos de recursos procedentes de la Consellería de Educación. Cuenta de ingresos y gastos de recursos de otras procedencias diferentes a la Consellería de Educación. Cuenta de Tesorería resumen de las dos anteriores
    • Aprobadas junto al Presupuesto las cuentas anteriores, se remitirá una copia antes del 15 de febrero a la DT para que puedan ser intervenidas por la Intervención Delegada de Hacienda de la Conselleria de Educación.
    • Una copia permanecerá custodiada por el secretario del centro junto a las acreditaciones de ingresos y justificantes de gastos.
    • Una vez al trimestre el director del Centro informará a la Comunidad Educativa mediante el Consejo Escolar sobre el estado de cuentas del Centro.
    • Los centros dispondrán de una sola cuenta corriente.
    • Las órdenes de pago contra la cuenta del Centro llevarán firma del director del centro y del secretario y en defecto de ello de un profesor que pertenezca a la Comisión Económica.
A continuación adjunto el enlace a un PowerPoint en el cual se explican por encima los documentos fundamentales de un centro escolar: PowerPoint Documentos Fundamentales de Centro













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