miércoles, 18 de noviembre de 2015

Práctica 4. Programación didactica temporal.


  • Esta práctica está basada en el tema 4: la gestión del espacio, el tiempo y los recursos materiales.


  • Para poner en prácticas los conocimientos adquiridos en este tema, en esta práctica vamos a imaginarnos que ya somos docentes y que tenemos que realizar la programación didáctica temporal de una asignatura concreta de 1º de Primaria.

Primero nos tendremos que informar sobre los contenidos del libro, después informarnos sobre los aspectos a tener en cuenta para realizar la organización de la planificación temporal de la materia, es decir, tener en cuenta el tiempo del que disponemos para dar esa materia.
Más tarde tenemos que ver el calendario útil del curso escolar y después hacer la planificación anual de la materia, para ver cuanto tiempo vamos a tardar en dar cada contenido aproximadamente.


Y por último organizar el horario semanal del curso, viendo como hacer el reparto de cada asignatura.


  • Una vez finalizada esta tarea, en la práctica también habría que plantear la organización del aula y los materiales de los dispondríamos en el aula para dicha asignatura. Primero consultando algunas páginas con ideas y después diseñando la nuestra propia






domingo, 15 de noviembre de 2015

TEMA 4. La Gestión del Espacio, el Tiempo y los recursos materiales. Organización de la Jornada Escolar.

1.- Objetivos del tema:
  • Valorar los elementos materiales de la escuela como elementos a tener en cuenta en el desarrollo del proceso de enseñanza-aprendizaje.
  •  Analizar las características del aula-clase de educación primaria y diseñar la distribución del mobiliario y el equipamiento escolar.
  • Estudiar el tiempo como recurso y como fuente de malestar docente.
  • Tener en cuenta la fatiga escolar en la planificación de los aprendizajes.
  •  Reflexionar sobre las unidades temporales de significación pedagógica: fundamentos higiénicos, pedagógicos y socioculturales.
  • Analizar los materiales didácticos más significativos de la escuela: libros, audiovisuales, nuevas tecnologías…                                         


2.- Introducción.
  • Autores como (Doménech y Viñas, 1997; Heras Montoya, 1997) al destacar las implicaciones de la Reforma Educativa en el diseño de los centros educativos señalaron las siguientes:
    • La nueva estructura de las etapas, basada en centros de Educación Infantil y Primaria que acoge a alumnos de 3 a 12 años y centros de Secundaria con alumnos de 12 a 16 o 18 años, implica necesidades de espacios en la Educación Secundaria, liberación de espacios en la Educación Primaria y planteamientos de escolarización en la primera etapa de la Educación Infantil.
    • Especialistas y nuevas áreas en la Educación Primaria. Por primera vez empieza a generalizarse el trabajo de los especialistas en las áreas de Música, Educación Física e Idioma en los centros de Educación Primaria.
    • Comprensión y tratamiento de la diversidad. La atención a la diversidad requiere un espacio diversificado que permita la organización de la opcionalidad a través de actividades simultáneas.
    • Mejora de la calidad educativa. Esta ley plantea la necesidad de mejorar la calidad de la enseñanza de forma generalizada.
    • Formación del profesorado, trabajo en equipo, autonomía del profesorado.
  • “Conseguir un ambiente o clima escolar que invite al trabajo depende de la estructuración del espacio educativo. Debemos preguntarnos si propiciamos que el alumno se apropie del espacio en el que desarrolla sus actividades, si no lo hace suyo, difícilmente podrá desarrollar una actitud participativa”
  • “Las distintas estrategias de enseñanza, y dentro de ellas las diversas técnicas didácticas, conllevan necesariamente la toma en consideración del espacio. Puesto que las diferentes actividades requieren de distintas formas de organizar el espacio, es recomendable que las sillas sean apilables para posibilitar distintas agrupaciones y también un espacio diáfano” (MEC, 2007).
A continuación voy a poner el enlace a un archivo en el cual se muestran las cualidades que tienen que darse en el aula para que el clima de esta sea bueno: Como conseguir un buen clima en el aula



3.- El Espacio Escolar.
  • Es el marco físico en el que se desarrollan las situaciones de aprendizaje de los alumnos, éste proporciona estímulos para el proceso de aprendizaje convirtiéndose en un poderoso factor educativo.
  • Por ello es necesario atender a unas características básicas que deberían tener las estructuras para facilitar la realización de las distintas actividades. Deben ser:
    • Ampliables, Convertible Sistema estructural por módulos.
    • Adaptables, es decir, que permitan introducir cambios en la estructura de forma puntual o permanente.
    • Flexibles, para que los espacios puedan cumplir distintas funciones sin modificar la estructura.
    • Variadas, para que permitan más posibilidades de agrupamiento y utilización del edificio.
    • Polivalentes, Polifacético Aulas que pueden servir para muchas funciones.
    • Comunicables, que permitan con facilidad los desplazamientos dentro del centro se produzca una comunicación entre los distintos sectores.
    • Integrado en el contexto cultural y realizar actividades en la que participen todos los miembros de la comunidad.
  • Para un buen aprovechamiento del espacio escolar, debemos prestar atención a una serie de variables que pueden llegar a afectar al mismo:
    • Ubicación. Situación del centro en una atmósfera agradable, apacible, no contaminada.
    • Orientación. Debe estar adaptado a las condiciones climatológicas de la zona.
    • Estructura. Que responde a las agrupaciones. Eliminación de barreras arquitectónicas. 
  • Las funciones principales del espacio escolar son:
    • Tener unas adecuadas condiciones higiénicas como iluminación, aireación, climatización y buena acústica.
    • Crear un ambiente agradable (relación maestro- alumno, alumno-alumno, alumno-maestro), para desarrollar relaciones interpersonales.
    • Facilitar las funciones del currículum.
  • El modo en que se configura el espacio escolar responde a una determinada concepción de la enseñanza y la realidad es que el espacio puede condicionar los procesos de aprendizaje y determinadas concreciones del espacio escolar tienen como consecuencia el trabajo rutinario dirigido a un grupo de alumnos.
  • Hay que señalar algunos criterios de orientación general que permitan un uso alternativo del espacio del centro y del aula y, en este sentido (Santos Guerra, 1993) considera lo siguiente:
    • Son necesarios espacios habitables en los que sea posible la convivencia armónica;
    • Es necesario que el espacio escolar desarrolle su propia función educativa de un modo positivo y no se convierta en elemento de freno y coerción.
    • La organización del espacio debe adecuarse a las exigencias de cada día, de cada actividad, de cada circunstancia.
    • La organización del espacio debe hacerse en colaboración con los protagonistas de la experiencia del aprendizaje.
A continuación voy a poner un artículo académico publicado en una revista, en el cual hablan abiertamente sobre el espacio escolar: Espacio Escolar




4.-Organización del aula
  • El aula debe ser un ambiente estimulante y a la vez tiene que ser limpio y ordenado y debe de trasmitir seguridad al niño; el conjunto de todo esto estimulará al niño su aprendizaje.
  • La decoración de la clase motivará al niño en el aprendizaje y estos elementos motivadores deben cambiar en cada curso, además durante el curso es conveniente que cambiemos de decoración dependiendo del centro de interés que estemos viendo con los niños/as en ese momento.
  • Cada material debe tener un sitio específico y señalizado para que el niño adquiera autonomía y así asuma pequeñas responsabilidades. Conviene quitar los materiales que sean peligrosos o no necesarios para los niños y niñas.
  • Organización por territorios. En esta diferenciaremos la organización del aula en hileras y la organización del aula en pequeños grupos.
    • Organización en hileras: las mesas están dispuestas en hileras orientadas hacia la mesa del profesor. Presentan una estructura rígida con escaso mobiliario y materiales. Tiene por finalidad enseñar y disciplinar.
    • Organización del aula en pequeños grupos: los estudiantes se agrupan por parejas o en pequeños grupos y la mesa del docente no tiene un sitio preferente. Es una distribución apropiada para el aprendizaje interactivo.
  • Organización por áreas de trabajo. Distribuye el espacio en áreas de trabajo que dependen de las actividades previstas por el docente. Una organización adecuada exige que las áreas estén bien definidas y separadas, y presentar opciones para las distintas agrupaciones de los alumnos.
    • Si los alumnos se colocan frente al docente con pupitres fijos se originaba una relación de aprendizaje basada en la transmisión de conocimiento.
    • Al colocar unas mesas formando un cuadrado supone el aprendizaje participativo.
    • Colocar a los alumnos en círculo o semicírculo indica la dimensión social de los aprendizajes.
    • La organización del espacio sin ningún tipo de estructura está basada en el aprendizaje autónomo.
  • Los cinco principios encaminados a la consecución de un nuevo ambiente escolar son:
    • El aula ha de convertirse en un lugar de encuentro con los otros para favorecer el conocimiento y el acercamiento de unos hacia otros.
    • La clase debe sugerir gran cantidad de acciones para que todos tengan un contacto con los materiales y actividades y, así abarcar una gran variedad deaprendizajes.
    • La clase ha de estar abierta al mundo que la rodea ya que el aprendizaje no solo se da dentro del aula sino también en los espacios extraescolares.
    • Debemos convertir el aula en un espacio acogedor para que los componentes del grupo se sientan acogidos.
    • La clase debe ser un lugar vivo ya que el entorno se construye activamente por todos los miembros del grupo.
A continuación pongo un artículo en el cual explican las diferencias entre los diferentes tipos de organización de las mesas en la escuela y su importancia: Distribución de las mesas en el aula




6.-El tiempo como variable de organización en los centros escolares.
  • El tiempo escolar está supeditado a las leyes de mercado, que regulan los costes, la financiación, la productividad y la rentabilidad de la educación. Si el producto, el aprendizaje, no consigue el tiempo escolar se convierte en un recurso desaprovechado y parcialmente estéril.
  •  La LOMCE que en su artículo 120.4. dice textualmente: “Los centros, en el ejercicio de su autonomía, pueden adoptar experimentaciones, planes de trabajo, formas de organización, normas de convivencia y ampliación del calendario escolar o ampliación del horario lectivo de áreas o materias, en los términos que establezcan las Administraciones educativas.
  • ORDEN de 28 de agosto de 2007, de la Conselleria de Educación, por la que se regula el horario de la Educación Primaria.
  • Los tiempos escolares no pueden estar ajenos a este tipo de condición a la hora de programar sus actividades en el aula y fuera de ella. No resulta indiferente comenzar a una hora o a otra si queremos respetar el horario de sueño y vigilia y la importancia que puede tener en el rendimiento escolar, no da lo mismo programar o no actividades después de comer.
  • Jornada Escolar. Es aquel tiempo destinado a los diferentes componentes que forman un centro escolar. No es algo que deba hacerse al margen de los ritmos vitales de cada persona. Algunos aspectos importantes:
    • Existen diferencias individuales condicionadas por nuestra forma física y mental de ser.
    • La edad es un factor importante: el ritmo de sueño. vigilia, el grado de fatiga con la actividad … será diferente en una persona de 4 años a otra de 12 o una de 30.
    • Condiciones físicas externas y también por las ambientales. Cada cual lleva su propio biorritmo.
  • Los horarios son elaborados por el Jefe de Estudios quién confecciona una propuesta de acuerdo con los criterios pedagógicos que establezca el Claustro de Profesores.
  • Los horarios son el instrumento a través de cual se distribuye la jornada escolar y se realizan actividades lectivas y completarías que se vayan a programar con el propósito fundamental de llevar a la práctica lo recogido en el Proyecto Curricular y al Plan Anual de Centro
  • En un centro educativo encontramos un horario general donde se incluyen los horarios del profesorado, alumnado y del personal de administración y servicios.
  • En el horario general se fijan las condiciones en que el centro permanecerá abierto a disposición de la comunidad educativa.
  • El horario lectivo para el desarrollo del currículo constará de 25 sesiones semanales, que incluirán el tiempo de recreo, considerado parte integrante del proceso de enseñanza y aprendizaje en esta etapa.
  • Cada centro docente establecerá un período de descanso diario en la jornada lectiva de la mañana, preferentemente entre las horas centrales, que responderá a las necesidades de su alumnado.                                                            
  • La distribución y adecuación del horario, el horario de los órganos unipersonales y de gobierno y el cumplimiento del horario por parte de los maestros y maestras se encuentra regulada en el bloque II (horario del personal docente) del anexo I de la Orden de 29 de junio de 1992, de la Conselleria de Educación (DOGV núm. 1826, de 15 de julio de1992) y el Real Decreto 73/2012 de 18 de Mayo.
A continuación pongo el enlace a una noticia acerca de como está distribuido el calendario escolar este año: Calendario Escolar 2015/2016




6.-Recursos Materiales.
  • En la elaboración y utilización de materiales curriculares, el profesorado deberá atenerse a lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley de Propiedad Intelectual (Texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, modificado por la Ley 23/2006, de 7 de julio), referente a la cita e ilustración de la enseñanza.
  • Los materiales curriculares son un conjunto de elementos materiales, variables de distinta configuración y uso que tiene como función complementar la labor educativa
  • Recursos materiales del centro: Mobiliario, actualmente se habla de mesas adaptables que permitan el trabajo en sus distintas modalidades y no sólo de mesa, silla o pupitre escolar.
  • Algunas condiciones que debe reunir el mobiliario escolar son:
    • Módulos flexibles que se adapten al trabajo de grupo o individual.
    • Mesas acoplables entre sí (rectangulares, cuadradas…) para facilitar los reagrupamientos
    • Muebles con estanterías inclinadas colocar libros, trabajos... Paredes que permitan colocar dibujos de los niños.
  • Características que deben cumplir los materiales:
    • Motivadores: motivan al alumnado en el interés por un tema.
    • Informadores: dan una información mas amplia sobre lo que están trabajando (rompen con el libro de texto)
    • Organizados didácticamente: propone una organización del itinerario que debe seguir el alumno
    • Polivalentes, plurales y variados: se pueden utilizar en diversas etapas o áreas (muy importante en la educación en la diversidad)
    • Escolares y no escolares: pueden estar pensados para la escuela o no. Los no escolares pueden ser materiales de nuestra vida cotidiana.
    • Adecuados, consistentes, simples.
    • Exentos de riesgos, bien seleccionados y creativos.
A continuación pongo un enlace en el cual explican como tiene que ser una buena motivación en el aula y la importancia de los recursos materiales en esta motivación: Materiales que motiven el aula









jueves, 12 de noviembre de 2015

Práctica 3. Investigación sobre la gestión de los centros escolares.

  • Esta práctica esta basada en el tema 3, es decir, en la gestión de los centros escolares.
Para poner a prueba estos conocimientos, en la práctica se va a realizar una investigación y un análisis comparativo de dos centros. Para ello vamos a entrar en sus respectivas páginas web y a contestar una serie de preguntas, que en modo de patrón aparecen en la hoja de la práctica.




    • Desarrollo de la práctica:
  • COLEGIO JORGE GUILLÉN ELCHE
La página web está bastante completa, y cuenta con todo tipo de información para padres y alumnos.
Esta página aporta información sobre circulares que desde el colegio se quieren mandar a los padres, algunos artículos de actualidad tanto educativa como del centro, información general sobre el centro como el organigrama, el calendario escolar, el horario, los servicios que ofrece, las actividades extraescolares.... También un apartado agenda donde vienen los actos que van a tener lugar en el centro. Una página que explica como es el centro. Un apartado de enseñanzas, otro con la normativa educativa con la cual se rige el centro y por último un apartado dedicado exclusivamente al comedor escolar.    
No he podido encontrar la sección en la cual se habla del PEC, por le que puedo decir que a pesar de ser completa en cierta medida, le falta información esencial.
Esta web está más ambientada a los padres en cuanto a la información acerca de que hacen sus hijos en el colegio y como es el centro que a la parte administrativa y de normativa de este.



  • COLEGIO EL PALMERAL ELCHE
La página web no es muy completa en cuanto a contenidos para los padres y los alumnos y resulta poco atractiva a la vista, ya que no cuenta con muchas secciones y la mayoría de foto no carga.
Aporta información sobre el centro, con un plano, la historia y el entorno del colegio, sus instalaciones, un organigrama y las actividades extraescolares. El apartado centro donde aparecen fotografías y documentos el centro y un apartado de áreas y ciclos en el cual no aparece nada, cosa que me ha llamado la atención.
Por otro lado en esta página si que he podido encontrar información sobre el PEC ya que hay un documento que se puede descargar donde pone toda esta información. También aparece un documento donde habla de el proyecto de jornada continua que se lleva a cabo en el centro. Por lo que en este aspecto si que me parece completa esta página web.



OPINIÓN
Respecto a mi trabajo en esta práctica pienso que hubiera podido ser más completo si las páginas hubieran sido más completas, ya que de esta forma la información relacionada con la asignatura es muy poca y casi todo está más ambientado al ocio de las familias y los alumnos.




miércoles, 11 de noviembre de 2015

TEMA 3. Documentos Institucionales para la gestión educativa y de régimen económico-administrativo del centro.

1.- Objetivos del tema:
  • Participar en la definición del proyecto educativo y en la actividad general del centro ateniendo a criterios de gestión de calidad.
  • Conocer modelos de gestión de calidad y su aplicación a los centros para promover la calidad de los contextos educativos y garantizar el bienestar de los alumnos.
  • Analizar la gestión de los centros y su capacidad de innovación a través de los documentos institucionales.
  • Conocer y aplicar experiencias innovadoras en educación primaria.


2.-Proyecto Educativo de Centro
    • El PEC tiene que ser una escueta especificación de las señas de identidad del centro.
    • El PEC es un conjunto de objetivos educativos y unas estrategias para conseguirlos.
    • El PEC es un instrumento para la convergencia educativa del centro
    • El PEC busca un modelo educativo ideal.
    • El PEC es una invitación a la innovación para los profesionales y padres.
  • Contenidos:
    • Punto de partida: las necesidades específicas del alumnado y del contexto escolar, socioeconómico, cultural y sociolingüístico del centro.
    • Valores, objetivos y prioridades de actuación.
    • Concreción de los currículums y la transversalidad.
    • Plan de Acción Tutorial (PAT)
    • El Plan de Normalització lingüística.
    • El Plan para el fomento de la lectura.
    • El Plan de transición de la E.Pr. a la ESO.
    • El Reglamento de Régimen interno (RRI).
    • El diseño particular de los programas lingüísticos que aplique el centro.
    • Las medidas de atención a la diversidad
    • Las mejoras adoptadas a consecuencia de los resultados de la evaluación diagnóstica del curso anterior.
    • El proyecto del comedor escolar.
    • Las acciones de formación del profesorado.
    • Los criterios para:
      • la organización y funcionamiento del centro.
      • la participación de los diversos estamentos de la comunidad educativa.
      • la coordinación con los servicios del municipio.
      • las medidas de coordinación entre el 2º ciclo de EI y Primaria.
      • las medidas organizativas para la atención del alumnado que no cursa Religión.
      • los mecanismos de cooperación entre los representantes legales del alumnado y el centro.
    • La publicación e información del PEC se llevará a cabo por el director/a del centro.
  • Principios
    • No discriminación: Igualdad.
    • Inclusión educativa.
    • Acceso a la Comunidad Educativa.
    • Orientación por parte de la Administración Educativa.
    • Coordinación Primaria-IES.
    • Modelos de Programación.
  • Lo elabora el equipo directivo con las directrices del Consejo escolar/ propuestas del Claustro/ y la AMPA.
  • Lo aprueba el Director/a.
A continuación pondré el enlace a una página en la cual hay más información acerca del PEC: Proyecto Educativo de Centro

Y un vídeo-resumen explicativo sobre qué es el PEC: 



3.- Proyecto de Gestión
  • Titulo V. Cap II. Art.122. Punto 1. Los centros estarán dotados de los recursos necesarios para impartir una docencia de calidad e igualdad.
  • Titulo V. Cap II. Art.122. Punto 2. Las administraciones podrán dotar de mayor recursos a los centros según necesidades.
  • Titulo V. Cap II. Art.122. Punto 3. Los centros públicos podrán obtener recursos extra con la aprobación del consejo escolar y dentro de los límites de la ley.
  • Titulo V. Cap II. Art.123. Punto 1. Los centros regidos por esta ley tienen autonomía para su gestión económica.
  • Titulo V. Cap II. Art.123. Punto 2. Las administraciones podrán delegar en los órganos del centro, la adquisición de bienes, contratación de obras
  • Titulo V. Cap II. Art.123. Punto 3. Los centros podrán establecer requisitos de titulación y capacitación profesional para los puestos a desarrollar.
  • Ejemplo de Gestión de Personal:
    • Protocolo de acogida del profesorado
    • Asignación de tutorías
    • Criterios de confección de los horarios
    • Modelos de Comunicación de horarios
    • Criterio de sustituciones
    • Información de sustituciones al profesorado
    • Protocolo de gestión de faltas y retrasos
    • Licencias y permisos del profesorado
    • Plan anual de formación del profesorado
    • Protección de datos personales
    • Plan de actividades socio-docentes
    • Plan de seguridad y salud laboral
    • Consumo responsable de recursos
    • Mejora de la coordinación docente
    • Modelos de Comunicación de horarios
    • Protocolo de comunicación interna
    • Protocolo de participación del profesorado
    • Código deontológico docente
    • Reconocimiento de las buenas prácticas
    • Plan anual de formación del profesorado
    • Protección de datos personales
    • Consenso y debate sobre el Plan General de recursos humanos


4.-Proyecto Curricular
  • Los proyectos curriculares concretarán y completarán el currículo oficial de la Comunidad Valenciana en el marco del programa de educación bilingüe que cada centro tenga autorizado.
    • La adecuación de los objetivos generales de la Educación Infantil y Primaria al contexto escolar.
    • Organización y adecuación a los ciclos de los contenidos y grado de desarrollo de las capacidades expresadas en los objetivos generales de la etapa y de las áreas o ámbitos de experiencias.
    • La distribución secuencial de los contenidos por ciclos en la Educación Primaria.
    • Criterios metodológicos de carácter general y de organización espacio- temporal.
    • Criterios y estrategias de evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado y, en Educación Primaria, criterios de promoción de ciclo.
    • Decisiones relativas al tratamiento de la diversidad, en el marco del currículum ordinario
    • La organización de la orientación educativa y el plan de acción tutorial
    • Criterios y procedimientos previstos para realizar las adaptaciones curriculares significativas para el alumnado con necesidades especiales.
  • Los proyectos curriculares concretarán y completarán el currículo oficial de la Comunidad Valenciana en el marco del programa de educación bilingüe que cada centro tenga autorizado.

    • Orientaciones generales para el tratamiento de temas referentes a la educación moral y cívica.
    • Criterios para la selección de los materiales curriculares y de los recursos didácticos que se utilizarán.
    • Criterios para evaluar y, en su caso, revisar los procesos de enseñanza, la práctica docente y el trabajo del equipo educativo.
    • Cauces para establecer la coordinación e información periódica con las familias.
  • Los proyectos curriculares serán coordinados por la Comisión de Coordinación Pedagógica del centro y aprobados y evaluados por el Claustro de profesores.
    • Los órganos de coordinación son el Equipos de ciclo, la Comisión de Coordinación Pedagógica y los Tutores.


5.- Reglamento de Régimen Interno
  • Normas de funcionamiento. Artículo 124. LOE. Al menos para garantizar el plan de convivencia.
    • Artículo 124. Punto 1. Los centros docentes elaborarán sus normas de organización y funcionamiento, que deberán incluir las que garanticen el cumplimiento del plan de convivencia.
    • Artículo 124. Punto 2. Las Administraciones educativas facilitarán que los centros, en el marco de su autonomía, puedan elaborar sus propias normas de organización y funcionamiento.
  • Conjunto de objetivos, principios, derechos, responsabilidades y normas por la que se regula a convivencia en el centro.
  • Contenidos:
    • La organización para la participación de todos.
    • La organización y reparto de responsabilidades.
    • Los procedimientos de actuación del consejo escolar y de las comisiones que se creen.
    • La organización de los espacios del centro.
    • Se dispondrán en el centro tablones de anuncios al respecto.
  • En la elaboración del RRI el Claustro podrá aportar criterios y propuestas.
  • La AMPA podrá aportar propuestas de modificación del RRI.
  • El RRI será aprobado por el Director/a del centro.
A continuación adjunto un enlace a una página donde explica más en profundidad el RRI: Reglamento de Régimen Interno



6.- Programación General Anual
  • Los centros elaborarán al principio al principio de cada curso una PGA que reunirá todos los aspectos relativos a la organización y funcionamiento del centro incluyendo proyectos, currículum y normas de actuación.
  • La PGA facilitará el desarrollo coordinado de todas las actividades educativas, el correcto ejercicio de los distintos órganos de gobiernos del centro y de coordinación y participación.
  • Contenidos:
    • El Plan de convivencia y las medidas de mejora para el curso.
    • Los criterios pedagógicos para la elaboración de los horarios.
    • El PEC y sus modificaciones.
    • Los mecanismos de evaluación de las medidas de mejora adoptadas.
    • El programa anual de actividades extraescolares.
    • La situación del proceso de aplicación del diseño particular de los programas lingüísticos del centro.
    • El calendario de reuniones de los órganos colegiados del centro.
    • El calendario de evaluación y entrega de la información.
    • Los aspectos organizativos del calendario de reuniones y entrevistas con los padres.
    • Una memoria administrativa con documentos de organización.
    • El programa anual de formación permanente del profesorado.
    • El programa anual de comedor escolar.
  • La coordinación de la elaboración de la PGA es del Equipo directivo de acuerdo con la directrices del Consejo escolar y las propuestas del Claustro y la AMPA.
  • Aprobación por parte del Director/a del centro.
A continuación adjunto un enlace a una página que explica más en profundidad la PGA: Programación General Anual



7.- Régimen Económico del Centro 
  • Orden 18 de Mayo de 1995 (40puntos) los directores de lo centros se les otorga facultades ordinarias en materias de contratación y se aprueban las normas que regulan la gestión económica de los centros.
    • Buena organización y funcionamiento de los Centros.
    • Transparencia en el gasto.
    • Autonomía en la gestión económica y financiera.
    • Aprobación de las normas reguladoras de la gestión Económica de los centros no universitarios.
    • Delegación del Conseller en los directores de los centros de las facultades ordinarias de gestión económica.
    • Los fondos se librarán a los centros cuatrimestralmente.
    • El director del Centro junto con el secretario/administrador elaborará el proyecto de presupuestos del Centro.
    • Se presentará a la Comisión Económica para su valoración.
    • Ingresos: Fondos ordinarios (libranzas cuatrimestrales), aportaciones de otras “Conselleries “,procedentes de legados y donaciones,venta de bienes y prestación de servicio,el saldo del ejercicio anterior
    • El Consejo Escolar aprobará el Presupuesto en el primer trimestre del ejercicio económico.
    • El secretario o el director enviarán una copia a la Dirección Territorial.
    • La dirección Territorial emitirá un informe de corrección en caso de que detecte alguna irregularidad o error. Si no existe el informe desaprobatorio, se entenderá definitivamente aprobado.
  • Orden 18 de Mayo de 1995 (40puntos) los directores de lo centros se les otorga facultades ordinarias en materias de contratación y se aprueban las normas que regulan la gestión económica de los centros.
    • El director del centro presentará en el mes de enero al Consejo Escolar el balance de gastos mediante los modelos: Cuenta de ingresos y gastos de recursos procedentes de la Consellería de Educación. Cuenta de ingresos y gastos de recursos de otras procedencias diferentes a la Consellería de Educación. Cuenta de Tesorería resumen de las dos anteriores
    • Aprobadas junto al Presupuesto las cuentas anteriores, se remitirá una copia antes del 15 de febrero a la DT para que puedan ser intervenidas por la Intervención Delegada de Hacienda de la Conselleria de Educación.
    • Una copia permanecerá custodiada por el secretario del centro junto a las acreditaciones de ingresos y justificantes de gastos.
    • Una vez al trimestre el director del Centro informará a la Comunidad Educativa mediante el Consejo Escolar sobre el estado de cuentas del Centro.
    • Los centros dispondrán de una sola cuenta corriente.
    • Las órdenes de pago contra la cuenta del Centro llevarán firma del director del centro y del secretario y en defecto de ello de un profesor que pertenezca a la Comisión Económica.
A continuación adjunto el enlace a un PowerPoint en el cual se explican por encima los documentos fundamentales de un centro escolar: PowerPoint Documentos Fundamentales de Centro













jueves, 5 de noviembre de 2015

Práctica 2. Funciones del Equipo Directivo.


  • Esta práctica está estrechamente relacionada con el Tema 2, es decir, con las funciones de los diferentes miembros de la comunidad educativa; más concretamente con las funciones del Equipo Directivo del centro (director/a, jefe/a de estudios y secretario/a).

La práctica constaba de una ficha donde aparecían escritas una serie de funciones (30), en la cual, por equipos, debíamos de escribir al lado de cada función que miembro del equipo directivo la desempeñaba. Una vez terminó toda la clase, se corrigieron en voz altas las respuestas y se explicó porque era ese miembro del Equipo Directivo y no otro el encargado de esa función.


    • Ficha de la Práctica 2 con sus respectivas correcciones:

En mi opinión creo que está fue una gran práctica, ya que con ella se aprende la teoría de forma más dinámica, en grupos para ver los diferentes puntos de vista, y aplicando el sentido común en las que había dudas. Aparte al corregirla en clase y explicarlas, aquellas que no se entendían se pudieron comprender mejor. Es por esto que no cambiaría nada de está práctica; me parece muy completa.

A pesar de tener algunos errores a la hora de contestar, gracias a ellos aprendimos mucho.

lunes, 2 de noviembre de 2015

TEMA 2. La estructura organizativa de los centros de Educación Infantil y Primaria: Órganos de Gobierno y Coordinación.

1.- Objetivos del tema
  • Comprender e interpretar los procesos organizativos desde la cultura social e institucional, y reflexionar sobre la organización de los centros educativos.
  • Conocer y valorar la complejidad y características de las estructuras organizativas de los centros educativos.                                                                

2.- Normativa de referencia general:
Título IV   Título V
  • CENTROS DOCENTES
    • LOE. Título IV. Cap I. Art.107. Los centros docentes que ofrezcan enseñanzas reguladas en esta Ley, se regirán por la Ley Orgánica 8/1985 de 3 de Julio, reguladora del derecho a la Educación así como lo establecido en las demás normas vigentes que le sean de aplicación.
    • LOE. Título IV. Cap I. Art.111. Punto 1. Los centros públicos que ofrecen educación infantil ( escuelas infantiles) los de Primaria (Colegio de Educación Primaria)
    • LOE. Título IV. Cap I. Art.111. Punto 2.. Los centros públicos que ofrecen educación infantil y educación primaria se denominarán colegios de educación infantil y primaria.
    • LOE. Título IV. Cap I. Art.108. Punto 1. Los centros docentes se clasifican en públicos y privados.
    • LOE. Título IV. Cap I. Art.108. Punto 2. Son centros públicos aquellos cuya titularidad sea pública.
    • LOE. Título IV. Cap I. Art.108. Punto 3. Son centros privados aquellos cuyo titular sea una persona física o jurídica. Los privados concertados son aquellos cogidos a un concierto
    • LOE. Título IV. Cap I. Art.108. Punto 4. La prestación del servicio publico de educación se realiza a través de centros públicos o privados concertados.
  • PARTICIPACION AUTONOMIA Y GOBIERNO DE LOS CENTROS
    • LOE. Título V. Cap I. Art.118. Punto 1. La participación es un factor clave para la formación de ciudadanos libres e independientes
    • LOE. Título V. Cap I. Art.118. Punto 2. La participación, autonomía y gobierno estará regido por la LODE.
    • LOE. Título V. Cap I. Art.118. Punto 4. Las administraciones llevarán a cabo medidas que promuevan la colaboración entre familia y escuela.
    • LOE. Título V. Cap I. Art.118. Punto 3. Las administraciones fomentarán la participación de todos los agentes educativos (profesorado, alumnado, PAS, etc).
  • TITULO V DE LA LOE. Capitulo III
      • Artículo 126. Composición del Consejo Escolar.
      • Artículo 127. Competencias del Consejo Escolar.
    •  SECCIÓN SEGUNDA. CLAUSTRO DE PROFESORES
      • Artículo 128. Composición.
      • Artículo 129. Competencias.
    • SECCIÓN TERCERA. OTROS ÓRGANOS DE COORDINACION DOCENTE
      • Artículo 130. Órganos de coordinación docente.
  • TITULO V DE LA LOE. Capitulo IV
    • Dirección de los centros públicos
    • Artículo 131. El equipo directivo.
    • Artículo 132. Competencias del director.
    • Artículo 133. Selección del director.
    • Artículo 134. Requisitos para ser candidato a director.
    • Artículo 135. Procedimiento de selección
    • Artículo 136. Nombramiento.
    • Artículo 138. Cese del director.


3.- Organigrama del centro Educativo
    • Órganos de gobierno:
      • Director, Jefatura de estudios y Secretario/a (Cargos unipersonales).
    • Órganos de participación:
      • Consejo Escolar y Claustro docente (Conjunto de colegiados).
    • Órganos de coordinación:
      • Equipos docentes y Equipos de ciclo, Coordinador/a TIC, Coordinador de Formación en el Centro, Tutorías, Profesorado, Comisión de Coordinación Pedagógica.
  • De manera gráfica representa la estructura de los órganos de responsabilidad de una organización.
  • Nos informa del número, nombre, composición y funciones de sus elementos. Permiten representar la estructura jerárquica y funcional de toda la organización.
    • Formas de representarlos:
      • Estructurales: representan las unidades y su relación.
      • Funcionales: representan las unidades, relaciones y funciones.
      • De personal: representan el nombre de la unidad, tipo de responsabilidad y nombre del personal adscrito.


4.- El consejo Escolar. 
  • El Consejo Escolar de los centros públicos estará compuesto por los siguientes miembros:
    • El director del centro, que será su Presidente, el jefe de estudios, un concejal o representante del Ayuntamiento en cuyo término municipal se halle radicado el centro, un número de profesores que no podrá ser inferior a un tercio del total de los componentes del Consejo, elegidos por el Claustro y en representación del mismo, un número de padres y de alumnos, elegidos respectivamente por y entre ellos, que no podrá ser inferior a un tercio del total de los componentes del Consejo, un representante del personal de administración servicios del centro y el secretario del centro, que actuará como secretario del Consejo, con voz y sin voto.
  • Una vez constituido el Consejo Escolar del centro, éste designará una persona que impulse medidas educativas que fomenten la igualdad real y efectiva entre hombres y mujeres.
  • Uno de los representantes de los padres en el Consejo Escolar será designado por la asociación de padres más representativa del centro, de acuerdo con el procedimiento que establezcan las Administraciones educativas.
  • Los alumnos podrán ser elegidos miembros del Consejo Escolar a partir del primer curso de la educación secundaria obligatoria. No obstante, los alumnos de los dos primeros cursos de la educación secundaria obligatoria no podrán participar en la selección o el cese del director. Los alumnos de educación primaria podrán participar en el Consejo Escolar del centro en los términos que establezcan las Administraciones educativas.
  • Corresponde a las Administraciones educativas determinar el número total de miembros del Consejo Escolar y regular el proceso de elección.

5.- Competencias del Consejo Escolar
  • Evaluar los proyectos y las normas a los que se refiere el capitulo II del título V de la presente ley orgánica.
  • Evaluar la programación general anual del centro sin perjuicio de las competencias del Claustro de profesores, en relación con la planificación y organización docente.
  • Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por los candidatos.
  • Participar en la selección del director del centro en los términos que la presente ley orgánica establece. Ser informado del nombramiento y cese de los demás miembros del equipo directivo. En su caso, previo acuerdo de sus miembros, adoptado por mayoría de dos tercios, proponer la revocación del nombramiento del director.
  • Informar sobre la admisión de alumnos con sujeción a lo establecido en esta ley orgánica y disposiciones que la desarrollen.
  • Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y velar porque se atengan a la normativa vigente. Cuando las medidas disciplinarias adoptadas por el director correspondan a conductas del alumnado que perjudiquen gravemente la convivencia del centro, el Consejo Escolar, a instancia de padres o tutores, podrá revisar la decisión adoptada y proponer, en su caso, las medidas oportunas.
  • Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro, la igualdad entre hombres y mujeres, la igualdad de trato y la no discriminación por las causas a que se refiere el artículo 84.3 de la presente ley orgánica, la resolución pacífica de conflictos en todos los ámbitos de la vida personal, familiar y social, y la prevención de la violencia de género.


6.- El Claustro de Profesores
  • El Claustro de profesores es el órgano propio de participación de los profesores en el gobierno del centro y tiene la responsabilidad de planificar, coordinar, informar y, en su caso, decidir sobre todos los aspectos educativos del centro.
  • El Claustro será presidido por el director y estará integrado por la totalidad de los profesores que presten servicio en el centro.
  • Entre sus competencias:
    • Formular al equipo directivo y al Consejo Escolar propuestas para la elaboración de los proyectos del centro y de la programación general anual.
    • Aprobar y evaluar la concreción del currículo y todos los aspectos educativos de los proyectos y de la programación general anual.
    • Fijar los criterios referentes a la orientación, tutoría, evaluación y recuperación de los alumnos.
    • Promover iniciativas en el ámbito de la experimentación y de la investigación pedagógica y en la formación del profesorado del centro. Elegir sus representantes en el Consejo Escolar del centro y participar en la selección del director en los términos establecidos por la presente Ley.
    • Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por los candidatos.
    • Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el centro.


7.-Funciones del Director y del Equipo Directivo.
  • Director: PowerPoint sobre las funciones del director.
    • Dirigir y coordinar todas las actividades del centro hacia la consecución del protector educativo del mismo, de acuerdo con las disposiciones vigentes y sin perjuicio de las competencias atribuidas al consejo escolar del centro y a su claustro.
    • Ostentar la representación del centro y representar a la administración Educativa en el centro, sin perjuicio de las atribuciones de las demás autoridades educativas.
    • Cumplir y hacer cumplir las leyes y demás normas en vigor. 
    • Colaborar con los órganos de la administración Educativa en todo lo relativo al logro de los objetivos educativos del centro.
    • Designar y proponer el cese de los restantes miembros del equipo directivo, así como designar y cesar a los coordinadores de ciclo y a los tutores, de acuerdo con el procedimiento establecido en este Reglamento.
    • Ejercer la jefatura de todo el personal adscrito al centro, así como dirigir la gestión de los medios materiales.
    • Favorecer la convivencia en el centro e imponer las correcciones que correspondas de acuerdo con lo establecido por la administración Educativa y en cumplimiento de los criterios fijados por el consejo escolar del centro.
    • Convocar y presidir los actos académicos y las reuniones de todos lo órganos colegiados del centro y ejecutar los acuerdos adoptador en el ámbito de su competencia.
    • Autorizar los gastos, de acuerdo con el presupuesto del centro, y ordenar los pagos, así como formalizar contratos relativos a bienes, y suministros y servicios, de acuerdo con la normativa vigente. Así como visar las certificaciones y los documentos.
    • Coordinar la elaboración y fomentar la participación de los distintos sectores de la comunidad escolar, procurando lo medios precisos para la más eficaz ejecución de sus respectivas atribuciones.
    • Coordinar la elaboración del proyecto educativo y de la programación general anual del centro, de acuerdo con las directrices y los criterios establecidos por el consejo escolar y con las propuestas realizadas por el claustro de profesores y por la asociación de padres y madres de alumnos y responsabilizarse con el equipo directivo de su redacción.
    • Promover el uso vehicular y social del valenciano en las actividades del centro, de acuerdo con la Ley de Uso y Enseñanza del Valenciano y normativa de desarrollo.
    • Impulsar y promover las relaciones del centro con las instituciones de su entorno.
    • Presentar la memoria anual sobre las actividades y la situación general del centro, al director o directora territorial de Cultura y Educación.
    • Garantizar y facilitar la información sobre la vida del centro a los distintos sectores de la comunidad escolar y a sus organizaciones representativas, entregando a las mismas copias de los documentos que se le requieran en los términos establecidos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común.
    • Garantizar el derecho de reunión del profesorado, alumnado, padres y madres de alumnos y personal de administración y servicios.
    • Facilitar la adecuada coordinación con otros servicios educativos de su demarcación.
    • Suministrar la información que le sea requerida por las autoridades educativas competentes.
    • Asumir las competencias del jefe o jefa de estudios y del secretario o secretaria en los centros en que reglamentariamente no existan estos cargos.
    • Proponer actuaciones anuales al consejo escolar del centro y al claustro de profesores que desarrollan las líneas básicas del programa presentado para su elección, presentando un informe al final del curso sobre la realización de las mismas.
    • El director o directora y el equipo directivo, realizaran informes trimestrales de las actividades y situación general del centro dirigidos al claustro de profesores y al consejo escolar.
    • Cualquier otra que se le atribuya legal o reglamentariamente.
  • Equipo Directivo:
    • El equipo directivo, órgano ejecutivo de gobierno de los centros públicos, estará integrado por el director, el jefe de estudios, el secretario y cuantos determinen las Administraciones educativas.
    • El equipo directivo trabajará de forma coordinada en el desempeño de sus funciones, conforme a las instrucciones del director y las funciones específicas legalmente establecidas.
    • El director, previa comunicación al Claustro de profesores y al Consejo Escolar, formulará propuesta de nombramiento y cese a la Administración educativa de los cargos de jefe de estudios y secretario de entre los profesores con destino en dicho centro.
    • Todos los miembros del equipo directivo cesarán en sus funciones al término de su mandato o cuando se produzca el cese del director.
    • Las Administraciones educativas favorecerán el ejercicio de la función directiva en los centros docentes, mediante la adopción de medidas que permitan mejorar la actuación de los equipos directivos en relación con el personal y los recursos materiales y mediante la organización de programas y cursos de formación.


8.- Funciones del jefe/a de Estudios.
  • Entre algunas de las más destacada del Jefe de Estudio son:
    • Sustituir al director.
    • Confeccionar los horarios académicos y velar por su cumplimiento.
    • Coordinar las tareas de los equipos de ciclo y de sus coordinadores.
    • Coordinar la acción de los tutores.
    • Coordinar las actividades de perfeccionamiento del profesorado, así como planificar y organizar las actividades de formación de profesores realizadas por el centro.
    • Organizar los actos académicos.
    • Buscar el óptimo aprovechamiento de todos los recursos didácticos y de los espacios existentes en el centro.
    • Organizar la participación del alumnado en las actividades del centro.
    • Organizar el cuidado del alumnado en los periodos de recreo y otras actividades no lectivas.


9.- Funciones de la Secretaria/o
    • Ordenar el régimen administrativo del centro, de conformidad con las directrices del director.
    • Gestionar los medios humanos y materiales del centro.
    • Actuar como secretario o secretaria de los órganos colegiados de gobierno del centro, levantar las actas de las sesiones y dar fe de los acuerdos con el visto bueno del director.
    • Custodiar los libros y archivos del centro.
    • Expedir las certificaciones que requieran las autoridades y los interesados o sus representantes en la lengua oficial que lo soliciten.
    • Realizar el inventario del centro y mantenerlo actualizado.
    • Custodiar y organizar la utilización del material didáctico.
    • Ejercer, bajo la autoridad del director, la jefatura del personal de administración y de servicios adscrito al centro.


10.- Comisión de Coordinación Pedagógica.
  • La Comisión está formada por: El Director o directora (presidente/a), el jefe o jefa de estudios, los coordinadores de ciclo, el especialista de psicología y pedagogía del servicio psicopedagógico escolar y el maestro/a de educación especial (pedagogía terapéutica).
  • Actuará como secretario o secretaria de la comisión la persona de menor edad.
  • En los centros con menos de nueve unidades las funciones de la comisión de coordinación pedagógica serán asumidas por el claustro.
  • La Comisión tiene las siguientes funciones: 
    • Analizar, desde el punto de vista educativo, el contexto cultural y sociolingüística del centro para el diseño del plan lingüístico.
    • Coordinar la elaboración de los proyectos curriculares, así como sus posibles modificaciones, y responsabilizarse de su redacción.
    • Elaborar la propuesta de organización de la orientación educativa y del plan de acción tutorial para su inclusión en los proyectos curriculares.
    • Elaborar la propuesta de los criterios y los procedimientos previstos para realizar las adaptaciones curriculares significativas al alumnado con necesidades educativas especiales.
    • Asegurar la coherencia entre el proyecto educativo de centro, los proyectos curriculares y la programación general anual.
    • Velar por el cumplimiento y la posterior evaluación de los proyectos curriculares en la práctica docente del centro.
    • Proponer al claustro la planificación de las sesiones de evaluación, de acuerdo con las decisiones incluidas en los proyectos curriculares.
    • Coordinar las actividades de orientación dirigidas al alumnado del centro.
    • Promover y coordinar las actividades de perfeccionamiento del profesorado.


11.- Equipos de Ciclos
  • Los componentes y funciones son las siguientes:
    • Agrupan a todo el profesorado que imparta docencia en un mismo ciclo.
    • Desempeñan sus funciones bajo la supervisión del jefe o jefa de estudios.
    • Están dirigidos por un coordinador/a, que deberá ser maestro/a que imparta en el ciclo, designado por el Director/a a propuesta del ciclo.
    • Desempeñan el cargo durante dos cursos.


12.- Los tutores 
  • La tutoría y la orientación del alumnado formará parte de la función docente.
  • Cada grupo de alumnos tendrá un profesor o profesora tutor.
  • El profesor o profesora tutor será designado por el director o directora, a propuesta del jefe o jefa de estudios, de acuerdo con los criterios establecidos por el claustro.
  • Entre las múltiples funciones del tutor destacan:
    • Llevar a cabo el plan de acción tutorial establecido en el proyecto curricular del nivel correspondiente y aprobado por el claustro.
    • Coordinar el proceso de evaluación del alumnado de su grupo ,adoptar la decisión que proceda acerca de la promoción del alumnado, teniendo en cuenta los informes de los otros profesores del grupo.
    • En su caso, adoptar con los profesores de ciclo las medidas educativas complementarias o de adaptación curricular
    • Facilitar la integración de los alumnos en el grupo y fomentar en ellos el desarrollo de actitudes participativas.
    • Orientar al alumnado en sus procesos de aprendizaje.
    • Colaborar con el servicio psicopedagógico escolar para la consecución de los objetivos establecidos en el plan de acción tutorial.
    • En su caso, desarrollar en coordinación con el profesional del servicio psicopedagógico escolar y con el maestro o maestra de educación especial, las adaptaciones curriculares significativas
    • Informar a los padres, madres o tutores legales, profesorado y alumnado del grupo de todo aquello que les concierna en relación con las actividades docentes
    • Fomentar la cooperación educativa entre el profesorado y los padres y madres o tutores legales de los alumnos.
    • Atender y cuidar, junto con el resto de los profesores del centro, a los alumnos en los períodos de recreo y en otras actividades no lectivas.


13.- Funciones del profesorado
  • La programación y la enseñanza de las áreas, materias y módulos que tengan encomendados.
  • La evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado, así como la evaluación de los procesos de enseñanza.
  • La tutoría de los alumnos, la dirección y la orientación de su aprendizaje y el apoyo en su proceso educativo, en colaboración con las familias.
  • La orientación educativa, académica y profesional de los alumnos, en colaboración, en su caso, con los servicios o departamentos especializados.
  • La atención al desarrollo intelectual, afectivo, psicomotriz, social y moral del alumnado.
  • La promoción, organización y participación en las actividades complementarias, dentro o fuera del recinto educativo, programadas por los centros.
  • La contribución a que las actividades del centro se desarrollen en un clima de respeto, de tolerancia, de participación y de libertad para fomentar en los alumnos los valores de la ciudadanía democrática.
  • La información periódica a las familias sobre el proceso de aprendizaje de sus hijos e hijas, así como la orientación para su cooperación en el mismo.


14.- Comparación LOE-LOMCE
En esta imagen podemos ver una serie de diferencias entre la antigua ley educativa, la LOE, y la actual, la LOMCE. Estas diferencias se encuentran dentro del mismo artículo, y varían solo algunas palabras que hacen que el texto entero cambie.
  • En los siguientes enlaces podremos ver también por un lado la LOE, y por el otro la LOMCE, para analizar las diferencias entres estas;  LOE y LOMCE
  • Y un enlace sobre una tabla comparativa de ambas leyes educativas: Tabla comparativa entre LOE y LOMCE






domingo, 1 de noviembre de 2015

Práctica 1. Investigación.

La primera práctica de esta asignatura consiste en hacer un trabajo de investigación para aprender buscar e incorporar información a este Blog.

  • En la hoja de la práctica, aparece un enlace el cual podemos consultar para conocer la legislación educativa e información de centros escolares. El enlace es el siguiente: http://www.cece.gva.es/es/
  • En relación con este enlace aparece un recuadro con una actividad guiada de búsqueda: "Orientaciones para la búsqueda y desarrollo de la actividad", y una serie de ítems que debemos seguir para el desarrollo de esta investigación. 

  • A continuación empezaré con la resolución de esta práctica.


Práctica 1. Investigación.
  • Vamos a realizar una investigación de la página web de la Generalitat Valenciana, más concretamente de la Conselleria d'Educació, Investigació, Cultura i Esport. El enlace de dicha página web es el siguiente: http://www.cece.gva.es/es/
  • Este página nos facilita información sobre todos los aspectos referentes a educación, investigación, cultura y deporte dentro de la Comunidad Valenciana.
  • Al acceder a este enlace aparece una página de bienvenida, donde podemos encontrar varios apartados que nos redirigen a otros zonas de dicha página. Algunos de los apartados cambian con referencia a las últimas noticias o asuntos de interés, pero también podemos encontrar otros que no cambia, como por ejemplo: el apartado de Redes Sociales, donde podemos acceder a las redes sociales de esta conselleria; el apartado de Información, para informarnos acerca de asuntos de interés; el apartado de entidades, donde podemos ver las entidades colaboradoras con esa páginas, más concretamente con esta conselleria y el apartado de Actualidad, donde aparecen los asuntos más actuales y la fecha en la que se han publicado.

    •  En la parte superior también podemos encontrar tres casillas, donde podemos elegir directamente el tema acerca del que queremos obtener información, ya se el apartado Educación, Cultura o Deporte.
    • Desde mi punto de vista, considero que la página está muy bien estructurada, que te tanto sus colores como sus apartados hacen que acceder a la sección que queramos sea más fácil de encontrar.
  • Por otra parte, cabe destacar una sección que aparece en el lado derecho de la página, una sección donde pone "Destacamos", la cual hace una referencia a los temas que más pueden interesar a la gente; así como un listado en el que poder realizar una búsqueda por temas. Me parece muy interesante ya que es una manera de acercar la página a las personas que les cuesta más familiarizarse con este tipo de páginas y por tanto hacen más fácil el encontrar la información que quieren.
  • Como estudiantes de Magisterio en Educación Primaria, el apartado de está página que más nos va a interesar es el de Educación. En él podemos encontrar gran variedad de temas con respecto a educación, desde información para aulas de niños de 2 años, hasta programas de formación para todo tipo de personas. Pero ya profundizando en esta asignatura en concreto, uno de los apartados que más nos puede servir a la hora de buscar información sobre algún centro específico, el apartado "Ordenación y Centros" es uno de los mejores y más amplios. 

    • Por ejemplo, a la hora de querer buscar información acerca de la legislación educativa actual, podemos entrar en este apartado de "Ordenación y Centros Docentes", luego hacer clic en "Ordenación Académica" y directamente accedemos a una página en la que aparecen los diferentes cursos y grados y si hacemos clic en "Educación Primaria", aparecen una serie de Decretos y Resoluciones en las que podemos ver algunos aspectos de la legislación educativa. También podemos encontrar información acerca de los diferentes centros escolares si dentro de "Ordenación y Centros Docentes" hacemos clic en "Centros Docentes" o en "Guía de Centros". En este apartado podemos obtener información tanto de centros públicos como concertados y una amplia información acerca de ellos.


    • Una de las noticias que me ha llamado la atención y que me gustaría destacar son las aulas para niños de 2 años. Ya que no sabía que habían centros que ofrecieran plazas para niños de 2 años, y me parece una buena iniciativa, ya que no todo el mundo puede costearse una guardería para niños con esta edad y está claro que el aprendizaje a estas edades es muy importante, por lo que poder acceder a él. Dentro del apartado de "Educación 2 años" podemos presentar la solicitud, observar los centros que ofrecen plazas, así como los criterios para que los niños puedan acceder a esta iniciativa.